Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 155/01-R
Fecha: 19-Feb-2001
3.
3. A la conclusión de la audiencia, el Juez de Amparo pronuncia Sentencia a fs. 45 vta.-47, declarando procedente el Recurso con el fundamento de que el derecho de propiedad sobre el referido lote agrícola a favor de Reynaldo Terán Antezana y Olga Soria de Terán, ha sido plenamente probado, habiendo los recurridos, infringido los arts. 22 y 167 de la Constitución Política del Estado.