Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 157/01-R
Fecha: 19-Feb-2001
1.
1. Que, dentro del proceso seguido contra el recurrente “...por los hechos denunciados, sancionados por el artículo 4to. inciso “D” numeral 11) del Reglamento de Disciplina y Sanciones de la Policía Nacional...”, se dictó Auto de procesamiento el 7 de enero de 1999, por encontrarse su conducta dentro del precitado Reglamento “... como faltas graves, inmersas en el art. 4to. inciso “A” numeral 26 del art. 4to. inciso “A” numeral 37, art. 4to. inciso “D” numeral 11 y art. 4to. inciso “E” numeral 1...”, tomándose en cuenta para ello el capítulo VIII art. 19 inc. A) y C), (fs. 26, 48-50).