SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 157/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 157/01-R

Fecha: 19-Feb-2001

improcedente

Que, finalizada la audiencia pública el Tribunal declaró improcedente el Recurso, fundamentando: 1) Que, conforme a los arts. 54-a) segundo párrafo de la “Ley Orgánica de Policías”; 20, 21 y pertinentes del Reglamento, se instauró proceso; 2) Que, el Tribunal recurrido con la atribución que le reconoce el inc. d) del art. 32 y la competencia que le concede el art. 37 del mismo Reglamento, revocó el fallo, por haber encontrado otras faltas que el inferior no tomó en cuenta; 3) Que no corresponde al Tribunal de Amparo, revisar la normativa procesal de los casos disciplinarios de la Policía Boliviana, ni equipararlo con las normas procesales comunes, y 4) Que tampoco corresponde analizar la existencia de la prescripción de la sanción, si el mismo procesado no la invocó como medio de defensa dentro del proceso.