SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 010/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 010/01

Fecha: 15-Feb-2001

I.3.

I.3.        Que, al haber fundado la referida Sentencia en el art. 55 del Decreto Supremo  N°. 21060, que deroga la inamovilidad de los trabajadores en sus fuentes de   trabajo  facultando a las Empresas y trabajadores contratar y despedir libremente, ha vulnerado y conculcado derechos elementales consagrados y   protegidos por los arts. 157 numeral II) de la Constitución Política del Estado   que establece que “corresponde al Estado crear condiciones que garanticen  para todos posibilidades de ocupación laboral, estabilidad en el trabajo y remuneración justa” y art. 158 párrafo I) de la misma Carta Magna que determina que “El Estado tiene la obligación de defender el capital humano  protegiendo la salud de la población, asegurará la continuidad de sus medios  de subsistencia”, que no es más que la fuente de trabajo, derechos también  protegidos por los Decretos  Supremos Nos. 09061 y 16167 de fechas 13 de enero de 1970 y 9 de febrero de 1979, respectivamente, y que disponen la reincorporación a sus fuentes de trabajo en casos de despidos injustificados y  que son vulnerados por el referido Decreto Supremo No. 21060, por lo que siendo inexplicable la aplicación de un simple Decreto Supremo contrario a la  Constitución   Política   del   Estado  porque   conculca  derechos   como  la   estabilidad  laboral consagrados por la Carta Magna, resulta que  la sentencia dictada es INCONSTITUCIONAL y  por ende vulnera sus derechos laborales, por lo cual  “formula Recurso Indirecto o Incidental de    Inconstitucionalidad del Decreto Supremo No. 21060”, solicitando sea  admitido.