Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 168/2001 - R
Fecha: 02-Mar-2001
Improcedente
Previo dictamen fiscal, el Juez de Amparo dictó Resolución de fs. 29 a 31, declarando Improcedente el Recurso, con el fundamento de que las autoridades demandadas no han vulnerado, afectado ni privado el derecho propietario de la recurrente puesto que el municipio de Vinto no ha realizado ningún trabajo de ampliación del Cementerio invadiendo el terreno en conflicto.