Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 173/01-R
Fecha: 02-Mar-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y los arts. 94 y 102-V de la Ley Nº 1836, APRUEBA la Resolución de 19 de enero de 2001 dictada por el Juez de Partido de Familia y del Menor de Quillacollo-Cochabamba con la modificación en sentido de que se ponga el caso en conocimiento inmediato del Tribunal Aduanero, para que sea éste el que, previa verificación de la documentación adjunta de conformidad con la Ley Nº 1990, ordene la suspensión de la medida cautelar y la devolución del motorizado si corresponde.