Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 193/01 - R
Fecha: 09-Mar-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley Nº 1836, APRUEBA la Resolución de 6 de febrero de 2001 pronunciada por la Jueza de Partido y Familia de la Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí, con la modificación de disponerse la inmediata libertad del recurrente, siempre y cuando su situación jurídica no hubiera sido definida por la autoridad competente. Debiéndose dar aplicación al art. 91-VI de la Ley Nº 1836.