Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 208/01-R
Fecha: 15-Mar-2001
, han actuado de acuerdo a las normas adjetivas penales
En la especie, los Vocales recurridos al disponer la subsistencia del Auto Inicial de la Instrucción, revocando la decisión de la Jueza del sumario penal, han actuado de acuerdo a las normas adjetivas penales, valorando la prueba presentada por el imputado, estimándola pertinente para una defensa de fondo a ser tomada en cuenta al momento de emitirse Auto Final de la Instrucción, puesto que el proceso se encuentra en la fase sumarial en la que el sindicado deberá aportar toda la prueba que considere pertinente para desvirtuar el ilícito que se le atribuye. Por consiguiente, no se ha vulnerado el derecho al debido proceso del recurrente.