SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 229/01 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 229/01 - R

Fecha: 22-Mar-2001

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO: Que el Recurso de Hábeas Corpus asegura a las personas la posibilidad de que un Juez o Tribunal judicial evalúe la situación jurídica por la cual se encuentran privadas de su libertad, a objeto de que en caso de constatar alguna infracción a las reglas de la detención preventiva o se advierta alguna otra relación vinculada con la libertad personal en cualquiera de sus formas, se repare tal acto ilegal, en la determinación de la responsabilidad que conlleva, de lo que se concluye que el referido Recurso ha sido instituido como una garantía específica al derecho de libertad.

Que en el caso de autos, las recurrentes denuncian  procesamiento indebido haciendo referencia a una serie de supuestas actuaciones ilegales en que habría incurrido el Tribunal Sumariante, dentro del proceso disciplinario que se les sigue por supuestas faltas cometidas en el ejercicio de sus funciones; sin embargo, tales circunstancias no pueden hacerse valer dentro del Recurso de Hábeas Corpus pues el proceso disciplinario por su naturaleza, bajo ninguna circunstancia está vinculada con la libertad personal teniendo otro tipo de connotación por lo que en casos como el presente es improcedente el Recurso de Hábeas Corpus,  así lo han entendido las Sentencias Constitucionales Nos. 954/2000 y 1011/2000.