Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 236/01-R
Fecha: 26-Mar-2001
improcedente
Que, finalizada la audiencia pública el Tribunal del Recurso declara improcedente el Hábeas Corpus, fundamentando: 1) Que dentro del proceso la autoridad recurrida ha actuado con jurisdicción y competencia en base a todos los elementos de juicio disponiendo la detención preventiva y 2) Que los recurrentes “impetran en el fondo” para que tanto el Juez demandado como el Tribunal de Hábeas Corpus ingresen al inmediato análisis de todas las pruebas, pretendiendo lograr una sentencia anticipada de inocencia.