Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 250/01-R
Fecha: 27-Mar-2001
1.
1. Efectuada la audiencia en 7 de febrero de 2001, según consta en el acta de fs. 172-176, el abogado de la parte recurrente ratifica in extenso la demanda. Agrega que la Resolución N° 753 de 21 de diciembre de 2000, que es materia del presente Recurso, se la hizo simplemente en base a especulaciones, siendo antitética a todas las normas citadas en el recurso y especialmente al art. 44 de la Ley N° 1836, por lo que reitera se declare procedente el Recurso con costas.