AUTO CONSTITUCIONAL Nº 008/01-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 008/01-CDP

Fecha: 10-Abr-2001

3.

3.    Que el 20 de octubre de 2000 el recurrente presentó memorial ante el Tribunal de Amparo solicitando que en cumplimiento de la Sentencia Constitucional antes referida se proceda a la calificación de daños y perjuicios (fs. 185-188), solicitud que fue reiterada por memorial presentado el 31 del mismo mes y año a cuya consecuencia el Tribunal de Amparo por Auto de 6 de noviembre de 2000 abrió término probatorio (fs. 197). Dentro de este período, ambas partes producen prueba.