SENTENCIA Constitucional N° 263/01-r
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA Constitucional N° 263/01-r

Fecha: 02-Abr-2001

PROCEDENTE

3.   La Resolución, que sale a fs. 80 vta. a 82, declara PROCEDENTE el Recurso con los siguientes fundamentos: 1) Que la autoridad recurrida reconoció el derecho propietario del recurrente por lo que incluso dispuso la suspensión del remate; 2) Que posteriormente la misma autoridad señaló audiencia de remate incurriendo en un acto ilegal que viola el derecho a la propiedad del recurrente; 3) Que el Tribunal de Amparo está para proteger en forma inmediata los derechos violados en este caso el art. 22 de la Constitución Política del  Estado.