Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 280/01-R
Fecha: 02-Abr-2001
Improcedente
Previo dictamen fiscal, el Tribunal de Amparo dictó Resolución declarando Improcedente el recurso, con el fundamento de que el Auto de Vista pronunciado por las autoridades demandadas dentro de un debido proceso, se encuentra plenamente ejecutoriado desde hace más de tres meses, lo que supone la conformidad del recurrente con el mismo, quien además omitió señalar en su recurso los derechos fundamentales que le fueron conculcados, impidiendo el análisis de esas violaciones.