SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 284/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 284/01-R

Fecha: 09-Abr-2001

a)

Tanto en el informe escrito de fs. 12 a 14 como en audiencia, los recurridos aseveran que: a) Ivonne Mercado solicitó, mediante memorial, una certificación sobre la “consignación de su expropiación”  en el POA 2001, pero su escrito contenía palabras ofensivas tanto al Alcalde como a los dirigentes que solicitaron la expropiación, por lo que fue rechazado de acuerdo al art.  4-2) del Código de Procedimiento Civil; b) el decreto de rechazo fue suscrito por el Asesor Legal de la Alcaldía porque el Alcalde no puede “ocuparse de todos y cada uno de los trámites” que se realizan en la Comuna; c) el trámite de expropiación aún no está concluido, en atención de lo cual no se realizó ningún acto de desposesión; d) no han restringido ni amenazado ningún derecho de la representada del recurrente, por lo que el Recurso es improcedente, además de que no se agotaron los medios que la Ley franquea para efectuar reclamos como el presente.