SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 292/01 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 292/01 - R

Fecha: 06-Abr-2001

1.

1. En su demanda presentada el 6 de marzo de 2001 (fs. 1), la recurrente expresa que ese día su cónyuge fue interceptado por una patrulla policial, en vía pública, cuando se dirigía a su trabajo y conducido al Comando Policial para luego ser derivado a la Comisaría, donde se ordenó su detención e incomunicación, sin poder entrevistarse con su abogado. Que en horas de la tarde al conocer  la detención de su cónyuge, se apersonó a la Comisaría donde le informaron que la detención de éste se debía a un incumplimiento de un compromiso de trabajo, y que la orden para su detención fue dispuesta directamente por el Comandante de la Policía Fronteriza. Que siendo la libertad de las personas uno de los bienes jurídicos que merece mayor protección en la Constitución Política del Estado y que la incomunicación procede sólo en caso de delitos graves y no cuando se trata de un supuesto incumplimiento de contrato interpone el Recurso de  Hábeas Corpus, pidiendo se declare procedente y se ordene el cese de la ilegal persecución.