SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 295/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 295/01-R

Fecha: 09-Abr-2001

1)

Por su parte, el recurrido informa lo siguiente: 1) Que en ejecución de sentencia se expidió el mandamiento, que posteriormente el recurrente solicita oferta de pago y luego conciliación, actos que hicieron presumir que tenía la calidad de representante legal de la empresa demandada; pero al momento “no se sabe a ciencia cierta quién es el representante” y 2) Que después de ordenarse la detención recién el recurrente hizo conocer que ya no era representante, habiendo presentado su memorial cuando él se encontraba en un seminario que se realizó desde el 19 al 23 de febrero de 2001.

1.   Que en el fenecido proceso social que siguió Irineo Aramayo Villca contra la empresa minera “San José de Berque Ltda.” que se tramitó en el Juzgado a cargo del recurrido, el recurrente intervino como representante de la empresa habiendo en ejecución de la sentencia presentado memoriales de oferta de pago y solicitando audiencia en la vía conciliatoria, inclusive (fs. 84-85).