Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 299/01-R
Fecha: 23-Abr-2001
procedente
Que, finalizada la audiencia pública el Tribunal declaró procedente el Recurso, fundamentando: 1) Que no se ha demostrado que los precios de la propuesta hubieran tenido la finalidad de incrementar sus beneficios económicos, “... ni que para ellos se hubiera incurrido en procedimientos irregulares...”; 2) Que al no existir prueba sobre los dos extremos exigidos en el “Art. 11-d)”, la resolución del Tribunal de Ética resulta ilegal y 3) Que las modificaciones y reformas introducidas por la Cámara en su ordenamiento normativo interno sólo pueden ser aplicadas desde su aprobación por autoridad pública conforme al único artículo transitorio.