SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 368/2001-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 368/2001-R

Fecha: 17-Abr-2001

Improcedente el Recurso

Previa deliberación, el Tribunal de Hábeas Corpus dictó la Resolución de fs. 105 a 107 declarando Improcedente el Recurso, con el fundamento de que no existen detención ni procesamiento indebidos por cuanto el imputado se halla bajo jurisdicción del Juez de Garantías Constitucionales, sin que pueda el Fiscal prescindir de la acción penal pese a existir desistimiento al tratarse de un delito de orden público; teniendo el imputado la vía expedita para invocar o hacer valer sus derechos ante la citada Autoridad.