SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 372/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 372/01-R

Fecha: 25-Abr-2001

2.

2.   La autoridad recurrida informa señalando que contra el recurrente y otro, se ha tramitado un proceso donde se han levantado Diligencias de Policía Judicial, llevándose a cabo el juicio acusatorio y su correspondiente publicidad oral con la facultad conferida por las leyes otorgadas al juzgador en un debido proceso, hasta pronunciar resolución.  Que en el mencionado juicio penal no se han violado normas legales contenidas en la Constitución Política del Estado, Ley de Aduanas ni del Procedimiento Penal,  por lo que pide se declare improcedente el Recurso de Hábeas Corpus con las condenaciones de ley.