Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 393/01-R
Fecha: 30-Abr-2001
3.
3. Que contra dicha resolución, el recurrente interpone apelación (fs. 47-49), recurso que fue resuelto por los recurridos, quienes revocaron el auto final de instrucción en lo pertinente al citado co-procesado, disponiendo sobreseimiento provisional en su favor “... de conformidad con los Arts. 220 inc. 2) y 221 última parte del Código de Pdto. Penal...”, exponiendo los fundamentos en seis puntos, en los cuales analizan las pruebas, explican la conducta del sobreseído y los supuestos que requieren cada uno de los tipos penales imputados, llegando a la conclusión que no existen los suficientes indicios que hagan presumir la culpabilidad (fs. 3-4 y vta.).