SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 398/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 398/01-R

Fecha: 30-Abr-2001

2.

2.   La Fiscal recurrida informa que  ha tomado conocimiento  del presente caso  en la tarde del mismo día de sucedido el hecho, que versa inicialmente la denuncia sobre la comisión del delito de violación en contra de una menor de 7 años acontecido en el baño de la Facultad de Sicología y que por el clamor popular el recurrente fue aprehendido por efectivos policiales de Seguridad que se encontraban en la Universidad llamando a Radio Patrulla 110,  quienes remitieron  al aprehendido a la Policía Técnica Judicial por lo que dispone la aprehensión  y se realice el examen  de la menor por el Médico Forense, emitiendo su requerimiento en 21 de marzo de este año, en el que solicita la libertad del recurrente, debiendo aplicarse medidas cautelares. Señala que conforme a Ley, ha presentado a dependencias judiciales las Diligencias de Policía Judicial más el detenido el mismo 21 de marzo, fecha a partir de lo cual no tiene conocimiento de la situación legal del sindicado, por lo que pide se declare improcedente el Recurso.

El co-recurrido Wenceslao  Arévalo, indica que fueron efectivos de Radio Patrulla quienes  condujeron al recurrente y a la menor a  las dependencias de la Policía Técnica Judicial. Que de acuerdo al parte del Oficial de Radio Patrulla, la menor habría sido objeto de ultrajes, comunicando este hecho a la Fiscal.