Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N°391/2001-R
Fecha: 26-Abr-2001
POR TANTO
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los Arts. 18-III, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley N° 1836 REVOCA la Resolución revisada, pronunciada por la Jueza de Partido Primero en lo Civil y declara PROCEDENTE el Recurso y ordena la inmediata libertad de la recurrente, debiendo aplicarse el art. 91-VI de la Ley N° 1836.