AUTO CONSTITUCIONAL Nº 150/2001- CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 150/2001- CA

Fecha: 11-May-2001

1º)

Que en el caso de autos, el 11 de abril de 2001 se demanda la nulidad de: 1º) Resolución Municipal Nº 006/2001 de 26 de enero de 2001, 2º) Memorandum Nº 001/2001 de 1º de febrero de 2001 y 3º) Resolución Municipal Nº 19/2001 de 16 de marzo de 2001. Sin embargo a fs. 2 del expediente, se evidencia que los apoderados del recurrente, sólo tienen poder especial para interponer el Recurso demandando la nulidad de la Resolución Municipal Nº 19/2001, aspecto que motivó el rechazo del Recurso respecto a la Resolución Municipal Nº 006/2001 y al memorandum Nº 001/2001, máxime si con relación a estas últimas, el recurrente presentó su Recurso fuera de término legal, porque tuvo conocimiento de ellas el 12 de febrero de 2001, interponiendo el Recurso cuando habían transcurrido más de los 30 días señalados por ley (aspecto ni remotamente cuestionado en el memorial de reposición que antecede), por lo que no existe contradicción alguna.