Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 033/01
Fecha: 28-May-2001
CONSIDERANDO II
Que la Comisión de Admisión, mediante Auto Constitucional N° 50/2001 (fs. 31-32) de 20 de febrero de 2001, admite el Recurso Directo o Abstracto de Inconstitucionalidad interpuesto por la Defensora del Pueblo y libra la provisión respectiva con la que es notificada la parte demandada según consta a fs. 43.
- Expediente:
- Materia: RECURSO DIRECTO DE
- VISTOS
- Fragmento 4
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- “El párrafo segundo del inciso a) del art. 3º del Reglamento de Procedimientos Universitarios efectivamente establece la posibilidad de la ejecución de una sanción impuesta por la Comisión disciplinaria , sin que la misma haya adquirido ejecutoria, razón por la cual el propio Consejo Universitario ha cuestionado la constitucionalidad
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- Regístrese, hágase saber.
- PRESIDENTE DECANO
- MAGISTRADO MAGISTRADA