SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 426/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 426/01-R

Fecha: 09-May-2001

1.

1.   Realizada la audiencia en 30 de marzo de 2001, tal como se evidencia en el acta de fs. 67-68, el abogado de los recurrentes ratifica el Recurso interpuesto, manifestando que la autoridad recurrida, incumpliendo lo dispuesto por las Resoluciones emanadas del Concejo Municipal  de El Alto, continúa avasallando el derecho propietario de sus defendidos que tienen en el citado lote, no siendo evidente que éste se encuentre en otro lugar, puesto que consta por la documentación  presentada que está ubicado en Tinta Pata de  la ciudad de El Alto, actualmente “Urbanización Panorámica, Sector Kenko Pata, su actual denominación.

Indican que personas aleccionadas por el Alcalde recurrido  asumen actitudes de avasallamiento  por ganar el favor político, por lo cual al ser personas de la tercera edad han recurrido a la Defensora del Pueblo, quien después de hacer un análisis de la situación del lote  con inspección ocular,   previo estudio de la Constitución Política del Estado, la Declaración de los Derechos Humanos, la Ley Orgánica de Municipalidades, recomendó al Alcalde Municipal cese la violación del derecho propietario y, finalmente,  concluye la parte recurrente, señalando que si la Alcaldía considera   que el terreno es de utilidad pública,  existe la expropiación municipal, pero no de la forma en que se está avasallando un derecho que está consolidado.