SENTENCIA Constitucional N° 427/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA Constitucional N° 427/01-R

Fecha: 10-May-2001

PROCEDENTE

Concluida la audiencia, el Tribunal de Amparo, previo requerimiento fiscal, dictó resolución de fs. 124 a 125, declarando PROCEDENTE el Recurso, con el argumento de que la Alcaldía Municipal no tiene ingerencia en los conflictos sindicales y tampoco puede reconocer o desconocer directivas sindicales, por lo que al haber dispuesto el despido sin previo proceso la autoridad ejecutiva de la Alcaldía ha incurrido en acto ilegal contrario a la previsión contenida en el art. 159-I de la Constitución Política del Estado así como del D.L. Nº 38 de 7 de febrero de 1944.