SENTENCIA Constitucional N° 428/01-r
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA Constitucional N° 428/01-r

Fecha: 10-May-2001

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO: Que el Recurso de Amparo Constitucional previsto en el art. 19 de la Constitución Política del Estado, ha sido instituido contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de autoridades y particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos y garantías de la persona, siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata y eficaz de los derechos conculcados.

Que en el caso de autos, el recurrente acusa la restricción de su derecho propietario por cuanto los demandados le habrían negado la aprobación del plano de regularización de su lote de terreno; sin embargo, este extremo no ha sido demostrado por el recurrente como tampoco demostró haber agotado la vía administrativa para hacer valer su derecho ante la Alcaldía de Colcapirhua antes de interponer el presente Recurso.