SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 434/01-R
Fecha: 11-May-2001
1)
Por su parte, el recurrido Decano informa: 1) Que el Consejo Facultativo luego de conocer la impugnación decidió rechazar la apelación por carecer de fundamento; 2) Que no tiene ningún antecedente sobre la forma o mecanismo que se ha utilizado para hacer pública la convocatoria; empero, al suscitarse el conflicto del recurrente y el Consejo de la Carrera previa la firma de designación de docentes ha pedido informe al Vice-Decano.
A su turno, el co-recurrido Director de la Carrera de Ciencias Políticas informa lo siguiente: 1) Que luego de la suspensión, el recurrente asistió a rendir el examen y después de conocer el resultado de reprobación planteó el recurso jerárquico; 2) Que los actos de publicidad previstos en el artículo 71 del Reglamento de la Docencia de la Universidad Boliviana se cumplieron, pues el propio recurrente los describe; 3) Que al tratarse de una disertacion de aporte ciéntifico el autor puede oponerse a su reproducción o difusión, siendo dicha situación la que sucedió, pues el postulante Johnny Villarroel pidió por escrito que no se reproduzca su intervención; 4) Que el recurrente no agotó las instancias ya que puede acudir al Consejo Universitario; 5) Que la convocatoria para dictar la resolución impugnada se efectuó el 1 de marzo de 2001 y no domingo como alega el recurrente; 6) Que Jorge Fernández y Rubén Claros no forman parte del Consejo Facultativo; 7) Que el recurrente se presentó a todos los actos concernientes a la Convocatoria y examen, a excepción del segundo examen que no se presentó con el argumento de que había un recurso pendiente y 8) Que no existe ninguna disposición que determine la filmación de los exámenes para optar a los cargos de docencia y que la cámara pertenecía al recurrente y no a la universidad.
1. Que el recurrente expresa en su Recurso que por resolución facultativa se emitió convocatoria pública para la provisión de catedráticos titulares en la carrera de Ciencias Políticas de la UMSA, a la cual se presentó como concursante a las cátedras de Encuestas, Muestreos y Modelos Políticos y a la de Métodos de Investigación en la Ciencia Política, habiéndose fijado mediante memorandum en Secretaría el mes de marzo de 2001, el rol de exámenes, los tribunales y los recintos para su recepción y el día de sorteo, el cual se realizó, habiéndose instalado el acto el 2 de marzo a Hrs. 19:39 para la exposición de los dos postulantes, lo cual se corrobora con la documentación de descargo presentada por el recurrido Julio Ballivián Ríos (fs. 47-53, 55).