Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 437/01-R
Fecha: 11-May-2001
1.
1. Efectuada la audiencia en 18 de abril de 2001, tal como se evidencia en el acta de fs. 6-8, el abogado de la recurrente, luego de ratificarse en la demanda del Recurso, señala que para evitar que estos hechos sigan sucediendo en las dependencias policiales, plantean el presente Recurso, para que se sancione a las autoridades que vulneran los derechos, como el caso demandado, en que su defendida fue injustamente privada de su libertad durante cinco días, no obstante que la Ley señala que la persona aprehendida será puesta a disposición del Juez en el plazo de 24 horas, por lo que reitera se declare procedente el Recurso.