Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 440/01-R
Fecha: 11-May-2001
3.
3. El Auto de 12 abril de 2001, cursante a fs. 115, expresa que "No habiendo cumplido con el Auto de fs. 111, en cuanto a la presentación de documentos debidamente legalizados que se debió acompañar, estése al Auto mencionado. En cumplimiento a la Circular "K" CITE OF TC No. 358/2000 de 21 de julio de 2000, remítanse antecedentes originales al Tribunal Constitucional para su revisión".