Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 460/2001-R
Fecha: 16-May-2001
habiéndose negado a recibir dichas citaciones
2. Que Sixto Valdez fue citado de comparendo en dos oportunidades, habiéndose negado a recibir dichas citaciones manifestando que no se presentaría ni a la Policía ni a la Fiscalía, porque en su calidad de periodista pertenecía al Tribunal de Imprenta y era allí donde debían presentar cualquier acusación o denuncia en su contra (fs. 60 y 61, 92-96).