Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 473/01-R
Fecha: 17-May-2001
3.
3. Concluida la audiencia el Tribunal de Hábeas Corpus dicta Sentencia a fs. 80-82 declarando improcedente el Recurso con el fundamento de que en el presente caso no existe prueba que acredite que los marchistas, representados por Arturo Alessandri y otros, ni al presente ni con anterioridad han estado detenidos indebidamente, por cuanto en el proceso no existe prueba alguna que acredite esos extremos y que el hecho de que la prensa y los recurrentes sostengan que la Policía y las FFAA hubiesen interceptado a los marchistas, resulta poco menos que ambiguo.