SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 487/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 487/01-R

Fecha: 21-May-2001

1)

Por su parte, el recurrido Fiscal informa arguyendo: 1) Que se encontró cocaína en el domicilio de los detenidos; 2) Que los abogados de los detenidos firmaron las actas de declaración de sus defendidos donde manifiestan que no fueron presionados y 3) Que la declaración del menor supuestamente torturado carece de valor porque no está acompañada de certificado médico forense. Seguidamente, el Comandante de UMOPAR y el Oficial Asignado al caso a través de su abogado presta su informe aduciendo: 1) Que el Fiscal recurrido participó del operativo que se realizó luego de recibir una llamada  que denunciaba que en el domicilio de los recurridos se estaban cometiendo delitos previstos en la Ley Nº 1008; 2) Que se trataba de un delito infraganti y 3) Que las diligencias de Policía Judicial fueron remitidas al Ministerio Público oportunamente, como dispone el artículo 226 del nuevo Código de Procedimiento Penal.