Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 511/01-R
Fecha: 28-May-2001
3.
3. A la conclusión de la audiencia, el Tribunal de Hábeas Corpus dicta Sentencia declarando procedente el Recurso con el fundamento de que el Juez Cautelar concedió un plazo de diez días para que se concluyan las Diligencias de Policía Judicial, sin que esa potestad que se arrogó el Juez, hubiera sido reclamada en su oportunidad. Que la Fiscal de la FELCN se extralimitó del plazo concedido por el Juez Cautelar, por lo que se ha vulnerado la Ley al no haberse cumplido el plazo que fijó el Juez.