Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 177/2001- CA
Fecha: 04-Jun-2001
Fragmento 5
POR TANTO: La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en virtud de la atribución conferida por los arts. 31 1), 33 I 1) y 82 II y III de la Ley Nº 1836, RECHAZA el Recurso interpuesto por Telmo Javier Valda Tardío en representación de la Cooperativa "FERMINSUD"de fs. 65-67 del expediente.