SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 531/2001-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 531/2001-R

Fecha: 01-Jun-2001

1)

Por su parte, el recurrido informa: 1) Que el 22 de diciembre de 2000 se presenta denuncia contra el recurrente por el delito de falsedad material, en cuya investigación aparece el testimonio Nº 2-A/95 del cual no existe protocolo para hacer el estudio grafológico, pero con dicho instrumento se hace una transferencia al recurrente; 2) Que el 26 de marzo de 2001 el recurrente presentó memorial pidiendo estudio documentológico y otros señalando su domicilio procesal, pero en ningún momento solicitó la remisión de obrados a la Zona Sur y 3) Que no obstante, a que el recurrente no fue encontrado en el domicilio que señaló al igual que en el domicilio registrado en su ficha kardex de identificación, no se libró cédula de apremio en su contra.

1)    Que el 22 de diciembre de 2000, el recurrente fue denunciado ante la Policía Técnica Judicial Central por la supuesta comisión del delito de falsedad material y otros, a cuyo efecto el Fiscal Adscrito ordenó la organización de diligencias de policía judicial, las cuales corresponden al caso Nº 7403/2000 encomendándose la investigación, extremos que han sido afirmados por el recurrido y no han sido negados por el recurrente.