Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 553/01-R
Fecha: 07-Jun-2001
3.
3. A la conclusión de la audiencia, el Juez de Hábeas Corpus dicta Sentencia a fs. 20-22 declarando improcedente el Recurso con el fundamento de que se respetaron las reglas del debido proceso y en virtud de la abundante prueba de cargo, como el pasaporte con sellos de múltiples viajes a la República de Chile y la existencia de otro proceso penal contra la recurrente, las Medidas Cautelares se dictaron en aplicación de la Ley Nº 1970.