Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 562/2001-R
Fecha: 11-Jun-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley Nº 1836, APRUEBA en parte la Resolución revisada, respecto a la Jueza demandada, y la REVOCA, declarando IMPROCEDENTE el Recurso respecto a Jorge Revollo Miranda, Jefe de la Policía Rural y Fronteriza de Caranavi, por ende, deja sin efecto el Mandamiento de Aprehensión expedido contra el recurrente y anula obrados hasta que éste sea citado con el Auto de Apertura de Proceso conforme a Ley, debiendo aplicarse el art. 91-VI de la Ley N° 1836.