SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 589/2001-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 589/2001-R

Fecha: 18-Jun-2001

IMPROCEDENTE

Finalmente, el Juez de Amparo dictó Resolución declarando IMPROCEDENTE el Recurso, con los siguientes fundamentos: a) Que si bien existen un documento de transferencia y un testimonio de perfeccionamiento de venta, éstos no señalan los materiales ni el derecho propietario de la Empresa vendedora, b) Que el presente Recurso no es sustitutivo de otros que concede la Ley y c) Que en el caso de autos, el abogado recurrente no prueba su petitorio, pues no existe prueba literal ni testifical de la infracción, perturbación o restricción del derecho propietario de su cliente.