Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 595/2001-R
Fecha: 18-Jun-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III, 120 -7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley N° 1836 APRUEBA la Resolución de fs. 40 a 42 de obrados, pronunciada el 18 de mayo de 2001, por el Juez Segundo de Partido en lo Penal de La Paz.