SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 607/01-R
Fecha: 18-Jun-2001
3.
3. Concluida la audiencia el tribunal del Amparo dictó el fallo de fs. 71 declarando procedente el Recurso planteado, contra Gladis Troncoso de López e improcedente contra el Gerente de ELECTROPAZ, Superintendente de Electricidad y conciliador de ODOPI con los siguientes fundamentos "Que la presión de la propietaria Gladys Troncoso de López para que el recurrente desaloje el inmueble por falta de pago de alquileres, constituye un acto ilegal que restringe y suprime los derechos constitucionales del recurrente, más aún si existen otros medios legales para perseguir el desalojo de la vivienda. En cuanto a los otros recurridos no se observan actos ilegales u omisiones indebidas que afecten el derecho del recurrente".