SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 638/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 638/01-R

Fecha: 22-Jun-2001

1)

                Por su parte, el recurrido informa por escrito alegando: 1) Que el 3 de noviembre de 2000, se tienen por incluidas las publicaciones de los edictos y se señala audiencia de conciliación para el viernes 10 del mismo mes y año; 2) Que el 20 de noviembre de 2000, la representada acusa nulidad de citación y contravención al artículo 125 del Código de Procedimiento Civil, que contestado dicho memorial el anterior titular, el 26 de marzo de 2001 decreta “en lo principal por contestado el incidente de nulidad por secretaria en el día pasar el expediente con nota para dictar resolución final”, 3) Que por memorial de 17 de abril de 2001, la representada pide reposición bajo alternativa de Amparo Constitucional, solicitando se deje sin efecto el citado decreto; el mismo que aún no ha sido despachado, dado que ha solicitado ampliación de plazos por cuanto recién ha sido posesionado, en consecuencia es de su competencia resolver dicho incidente de nulidad; 4) Que, el recurrente aún puede hacer valer sus derechos después que se dicte la sentencia; empero, no presionar al juzgador planteando reposición bajo alternativa de Amparo contraviniendo los artículos 215 y 216-II del Código de Procedimiento Civil.

1.   Que,  dentro del juicio ejecutivo seguido por IMCRUZ  S.A. contra la representada, el anterior titular del Juzgado a cargo del recurrido, sin resolver el incidente de nulidad planteado por la ejecutada -ahora representada- el 26 de marzo de 2001, decretó “En lo principal por contestado el incidente de nulidad.- Secretaría en el día pasar el expediente con nota para dictar resolución final...” (fs. 32).