SENTENCIA Constitucional N°620/01-r
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA Constitucional N°620/01-r

Fecha: 22-Jun-2001

a)

       A su turno, los recurridos a través de su abogado informan: a)  Que Julián Vidaurre desempeñó las funciones de Director Distrital de Educación desde octubre de 1997 a marzo de 2001, y al finalizar su periodo estuvo a la espera del concurso de exámenes de suficiencia para los cargos de Director Distrital de Educación. En tales circunstancias, fue presionado para hacer cambios en el personal administrativo de la Dirección Distrital de Educación. Desde entonces, el recurrente quiso entrar a trabajar como Técnico de Curriculum en la Dirección Distrital, no obstante no tener suficientes méritos, al extremo de haber amenazado al señor Vidaurre, quien se vio obligado a firmar por presión ese memorando, documento que no contaba con las firmas necesarias para su plena validez por lo que no se pudo efectuar la posesión; b) Que como el recurrente insiste en acceder al cargo de Técnico de Curriculum, no se constituyó en la sede de sus funciones de Ckara Ckara como Director del Colegio “Mariscal Sucre” a cuya consecuencia se le llamó la atención, pero no se lo destituyó percibiendo éste sus haberes en forma normal; c) Que el actual Director Distrital, también recurrido, lo único que ha hecho fue desistir en la posesión del recurrente, por cuanto su nombramiento fue impuesto políticamente, sin cumplir con las formalidades de Ley.