SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 661/01-R
Fecha: 03-Jul-2001
1.
1. En su demanda presentada el 15 de mayo de 2001 (fs. 4 y 5), la recurrente asevera que dentro del proceso ejecutivo que le sigue el Banco Santa Cruz S.A., en el Juzgado a cargo de la recurrida, se suscitó un incidente de nulidad de citación que “de forma increíble” fue resuelto en sentencia, sin imprimir el trámite incidental que disponen los arts. 149 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, sino que la Jueza subsanó los errores del Oficial de Diligencias a través de un Auto, contra el que se planteó reposición bajo alternativa de alzada, sobre el que no existe pronunciamiento alguno.
Estima que los actos relatados, a los que se suma la falta de firma del Secretario - Abogado en muchas actuaciones judiciales, son ilegales, injustos y contrarios al equilibrio e igualdad procesal efectiva, en mérito de lo cual interpone Recurso de Amparo Constitucional, solicitando sea declarado procedente y se disponga la suspensión del remate del inmueble de su propiedad, “otorgándole el derecho de defensa”.