Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 662/01-R
Fecha: 03-Jul-2001
Por tanto:
Por tanto: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 94 al 104 de la Ley Nº 1836, APRUEBA la Resolución de Amparo Constitucional, dictada por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz.