Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 688/01 - R
Fecha: 09-Jul-2001
2.
2. Mediante Auto de 11 de junio de 2001, corriente a fs. 6, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz rechaza el Recurso con el fundamento de que "por Resolución que se adjunta No. 386/001 de fecha 30 de mayo del año en curso, se constata que el mismo Recurso de Hábeas Corpus fue de conocimiento de la Sala Penal Primera, que previo el cumplimiento de los requisitos establecidos por Ley declaró improcedente el Recurso interpuesto, en consecuencia, se rechaza el presente Recurso, por la temeridad y actuación maliciosa" (sic).