SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 690/01 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 690/01 - R

Fecha: 09-Jul-2001

2.

2.  De  fojas 14 a 16 cursa el acta de la audiencia pública realizada el 8 de junio de 2001, a la que no  asistió el recurrido.   El abogado del  recurrente ratifica los términos de su demanda  y  agrega que: a) su cliente estuvo trabajando para el Servicio Nacional de Impuestos Internos no como funcionario sino como comisionista, es decir que no percibía un sueldo sino el 8% de lo recaudado; b) existe un “trámite administrativo” para establecer responsabilidades; c) en el Juzgado de Quime constan dos mandamientos de comparendo expedidos para el recurrente  y una orden de apremio a objeto de que preste su declaración en la Policía; d) no existe apertura de causa penal, el asunto se encuentra en la fase de investigación, pero su cliente está siendo perseguido por el Juez recurrido.