SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 693/01-R
Fecha: 10-Jul-2001
2.
2. De fs. 83 a 85, cursa el acta de audiencia pública realizada el 23 de mayo de 2001, en la que el recurrente, a través de su abogado, ratifica los términos de su demanda, y agrega que: a) los recurridos le dirigieron una comunicación interna en la que le piden informe económico, el listado de bienes de la asociación y se arrogan atribuciones de la Asamblea; b) con tal acto lo han despojado del “derecho al trabajo, al comercio y a la libre asociación”. Citando como jurisprudencia la Sentencia Constitucional No. 301/01-R de 11 de abril del año en curso, reitera su solicitud para que se declare procedente el Recurso.
2) A través de la nota sin fecha que corre a fs. 17, Rigoberto Terceros, Valentín Jiménez, Tomás Laguna, Alejandro Portillo, Freddy Pinera y María Huayco, ponen a conocimiento del Recurrente y su Directorio que “en cumplimiento a los acuerdos tomados en la Asamblea General de 15 de septiembre del presente”, se acordó por unanimidad que la anterior directiva entregara en 15 días el Informe Económico Total de la gestión 1997 - 2000, la lista de todos los bienes inmuebles y la documentación existente.