SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 707/2001-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 707/2001-R

Fecha: 13-Jul-2001

Procedente

Previo dictamen fiscal, el Tribunal de Amparo dictó Resolución, declarando Procedente el Recurso, con los siguientes fundamentos: a) Que la autoridad demandada ha incurrido en omisiones indebidas al haber omitido la notificación del Estado con el interdicto de recobrar la posesión restringiendo así su derecho a la defensa, considerándose además que existe un proceso ordinario sobre nulidad de inscripción seguida por Carlos Hinojosa Buchón y otra contra Carlos Flores, instancia en la que se dispuso la nulidad de obrados hasta que se notifique al Estado; por consiguiente, al existir cuestiones de hecho pendientes de Resolución ante la jurisdicción ordinaria, no es viable la ejecución del mandamiento de desapoderamiento ordenado por el Juez recurrido, por lo que se deja sin efecto la orden de lanzamiento dispuesta.